De acuerdo con la ley 1581 DE 2012, los Decretos 886 de 2014, y 1074 de 2015, todas las Empresas aunque tengan un solo empleado, o unos activos pequeños, deben registrar sus bases de datos en el RNBD de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
¿Qué es el Registro Nacional de Bases de Datos?
Es un directorio público con información personal sujeta a tratamiento, creado en virtud de la Ley 1581 de 2012.
¿Qué es una base de datos?
Grupo organizado de datos personales (socios, clientes, proveedores, empleados, alumnos, pacientes, etc.) el cual puede constar en medio físico (Archivadores, carpetas, documentos, etc.) o en medios electrónicos (Correos electrónicos, software administrativo, etc.)
¿Qué riesgos corren las empresas si no registran sus bases de datos?
Pueden ser sancionados por la Superintendencia con multas de hasta 2.000 smlmv, además de ser suspendido en el ejercicio de actividades de tratamiento de datos personales y cierre de las mismas actividades.
¿Cuanto tiempo se tiene para hacer el registro?
El plazo máximo establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio es el próximo 31 de enero de 2018.
NUESTRA OFERTA DE VALOR
Nos enfocamos en brindar información periódica sobre nuestros procesos, además de una atención personalizada de acuerdo con la razón social de la organización que contrata el servicio. Al finalizar el servicio entregamos lo siguientes documentos con el fin de que sean directrices seguidas por la empresa.
- Registro de bases de datos ante la SIC.
- Política de tratamiento de datos personales.
- Aviso de privacidad.
- Acuerdos de confidencialidad.
- Formatos de autorización de datos personales.
- Lineamientos jurídicos para dar protección a los derechos de los titulares.
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