miércoles, 11 de abril de 2018

¿COMO PRESENTAR UNA ACCIÓN DE TUTELA?



"El derecho a la vida es inviolable", de esta forma inicia el Titulo II capitulo I, de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de Colombia. El concepto de estos derechos se inicia en Francia en 1770, en el movimiento político que condujo a la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789. Hoy en día perdura esta premisa que está materializada por medio de una acción judicial en nuestro ordenamiento jurídico, ya que las personas pueden solicitar  a un juez, la protección inmediata a sus derechos fundamentales constitucionales.

¿COMO PRESENTARLA? 

Partiendo del artículo 86 de la Constitución Política Colombiana, que consagra el derecho y el decreto 2591 de 1991, que lo reglamenta usted puede:

1. presentar de manera verbal o escrita ante cualquier juez de la República del  lugar donde ocurrió la violación o la amenaza del derecho la solicitud de tutela que deberá incluir:



  • Los datos que lo identifican
  • Los hechos que constituyen la violación a sus derechos fundamentales.
  • Los posibles derechos vulnerados
  • La solución que usted considera conveniente para proteger sus derechos
  • Asegurar que no ha interpuesto una solicitud ante otra autoridad al mismo tiempo, para proteger los derechos vulnerados.

2. Presentada la acción, el Juez analizará la situación, practicará pruebas y decidirá dentro de los 10 días siguientes a la solicitud. De encontrar que realmente existe una amenaza o violación a los derechos fundamentales, dará órdenes expresas a los responsables para que se supere la situación y se protejan los derechos.  

3.  Si no se está de acuerdo con la decisión, a partir del momento en que oficialmente le comuniquen la decisión, se tienen tres días para presentar la impugnación (recurso legal), en la cual manifestará las razones de su inconformidad. Basta que la persona manifieste o escriba la palabra “impugno”

LOS DERECHOS PROTEGIDOS

Entre los derechos más comunes que se protegen por vía de tutela son el derecho a la vida, los derechos de los niños, el derecho a la salud, etc. no obstante, no existe una lista específica de los derechos fundamentales constitucionales que pueden ser protegidos por medio de la acción de tutela, hay quienes dicen que los derechos fundamentales se encuentran consagrados en la Constitución a partir del artículo 11 y que se desarrollan hasta el 41, que en un sentido literal es cierto, pero lo realmente importante es determinar que la tutela defiende derechos fundamentales- constitucionales, es decir no esta limitada a esos derechos si no que debe interpretarse la esencia del derecho constitucional a proteger, y es el juez el encargado de determinar si se trata de un derecho fundamental tutelable o no.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA DEBEN SER INDEMNIZADOS Es motivo de preocupación por estos días que estamos atravesando la crisis de salu...