¿Qué es el ruido? De acuerdo con la
SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE son un conjunto de sonidos fuertes,
desagradables, no deseados o inesperados que se presentan en algún sitio y que
superan los niveles permitidos. Y es que esta secretaria es la delegada por el
Distrito para ejercer un control de los niveles de ruidos permitidos en
su correspondiente territorio. Mediante una queja o denuncia interpuesta
ante esta Entidad usted puede solicitar los controles destinados a intervenir
en el cumplimiento de los niveles de ruido, en caso de que exista
incumplimiento ya sea por parte de un vecino o un establecimiento de comercio ,
se entrega un constancia en la visita correspondiente donde se genera un plazo
de dos semanas para que el infractor se ajuste a la normatividad que infringió,
este procedimiento consta de varias visitas por parte de funcionarios de la
Alcaldía y la Policía que por medio de sonómetros (medidores de sonido) ejercen
un control técnico del procedimiento.
El control es muy claro,
pero que sucede cuando existen condiciones especiales en las que la
legislación protege al establecimiento generador del ruido al concederle
licencia para desarrollar su actividad económica, es importante saber que
estamos frente a una problemática de ponderación de derechos, en la que muy seguramente debe asesorarse de un abogado, y donde dependiendo el caso en concreto es un juez de la república el que mediante
acción de tutela debe discernir o solucionar el conflicto.
Al respecto la sentencia T
-166 DE 2009 dispone "El
derecho a la intimidad personal y
familiar, establecidos en los artículos 15 y 28 de la Carta Política, son
derechos fundamentales que le permiten al individuo contar con un espacio personal
de reserva, libre de la injerencia de los demás miembros de la sociedad, en el
que puede resguardarse de terceros y desarrollar libremente su personalidad sin
intromisiones arbitrarias".
Igualmente la
sentencia T-1047 de 2008 se refirió al
derecho a la tranquilidad y reitero "“El
derecho implica el mantenimiento de unas condiciones que permitan la habitual
convivencia y el desarrollo personal de los miembros de una comunidad, a través
de las regulaciones legales y reglamentarias que aseguren a todos los
individuos el adecuado ejercicio de sus derechos y el respeto del orden público. El
desconocimiento de tales normas básicas de convivencia, permite a las
autoridades de policía exigir su cumplimiento y sancionar a quienes las
desconocen, para así evitar que los demás miembros de la comunidad sufran las
consecuencias negativas de tal actuación. Particularmente a nivel municipal, el
Alcalde como primera autoridad de policía municipal es el encargado de
garantizar esa pacífica convivencia de los habitantes del municipio que
administra, para lo cual, entre otras medidas, deberá velar por el cumplimiento
de las disposiciones de orden público que tienen que ver con contrarrestar las
afectaciones de los particulares relacionadas con el ruido excesivo”.
En este caso en concreto la jurisprudencia
analiza de acuerdo a situaciones particulares la ponderación de dos derechos
(el que le asiste al particular de no ser molestado y el que le asiste al
comerciante de desarrollar su actividad económica) para que por medio de una articulación juridica dos derechos constitucionales, como lo son la intimidad, y la libertad de no
ser molestado por la injerencia de terceros, se genere una sana convivencia de
los individuos.
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